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Delito de difamación ya no tendrá pena de cárcel

El ciudadano que cometa delito de difamación ya no será encarcelado, sino reprimido con la prestación de servicios a la comunidad, de acuerdo al proyecto de ley aprobado, por unanimidad, por la Comisión Permanente del Congreso.
Así, ahora este delito será reprimido con prestación de servicios a la comunidad de 40 a 80 jornadas o con 80 a 160 días multa.
También establece que si la difamación se refiere al hecho previsto en el artículo 131, “la pena será de prestación de servicios a la comunidad de 60 a 120 jornadas o con 160 a 220 días multa”.
“Si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será de prestación de servicios a la comunidad de 80 a 156 jornadas o 236 días-multa”, se informó mediante un comunicado.
Momentos antes, la Representación Nacional aprobó la reconsideración planteada por el vicepresidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, congresista Raúl Castro Stagnaro (UN), a la votación negativa que obtuvo anteriormente la reforma. La votación fue de 17 votos a favor, seis en contra y cero abstenciones.

LA REPUBLICA

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